Como ahora además de editar este Blog me he enrolado en un Proyecto vecinal en mi barrio, no tengo más remedio que intentar orientar a mis vecinos en los problemas o quejas que venimos detectando.
Uno de los varios problemillas que tenemos en el Barrio de Las Flores, es que algunos vecinos nos vemos obligados a ir a votar al C.P. Bellas Vistas, situado en la Calle Sahagún junto al HIPERCOR. Siempre nos hemos preguntado cual es el motivo que provoca que tengamos que hacer una excursión para ejercer nuestro derecho al voto cuando tenemos otros colegios electorales más cerca.
Este es el reparto de Mesas Electorales de las últimas elecciones en Alcorcón:
| Cuenta de Mesa | |
| Nombre Local Electoral | Total |
| C.E. VILLA DE ALCORCON | 4 |
| C.P. BELLAS VISTAS | 6 |
| C.P. BLAS DE OTERO | 9 |
| C.P. CARMEN CONDE | 10 |
| C.P. CLAUDIO SANCHEZ ALBORNOZ | 5 |
| C.P. DANIEL MARTIN | 9 |
| C.P. JESUS VARELA | 8 |
| C.P. JOAQUIN COSTA | 8 |
| C.P. LOS CASTILLOS | 12 |
| C.P. MIGUEL DE CERVANTES | 12 |
| C.P. MIGUEL HERNANDEZ | 11 |
| C.P. PARQUE LISBOA | 5 |
| C.P. PARROCO DON VICTORIANO | 11 |
| C.P. SAN JOSE DE VALDERAS | 7 |
| C.P. SANTIAGO RAMON Y CAJAL | 8 |
| C.P. SANTO DOMINGO | 9 |
| C.P. VICENTE ALEIXANDRE | 10 |
| ESCUELA M. DE MUSICA MANUEL DE FALLA | 4 |
| ESCUELA MUNICIPAL ADULTOS VALLE INCLAN | 7 |
| ESCUELA PERMANENTE DE ADULTOS | 5 |
| I.E.S. LOS CASTILLOS | 11 |
| UNIVERSIDAD POPULAR | 8 |
| Total general | 179 |
Como se ve en la tabla los dos Colegios más próximos al Barrio de las Flores son el C.P. Los Castillos y el I.E.S. Los Castillos respectivamente con 12 y 11 secciones electorales. Pero ¿cómo se forman las secciones electorales?
Secciones electorales:
Las circunscripciones están divididas en Secciones electorales, cada una de las cuales incluye un mínimo de 500 electores y un máximo de 2.000.
En cada sección hay una Mesa Electoral, si bien cuando el número de electores de una Sección o la diseminación de la población lo haga aconsejable, la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral, a propuesta del Ayuntamiento correspondiente, puede disponer la formación de otras Mesas y distribuir entre ellas el electorado de la Sección. En el primer caso la distribución se hace por orden alfabético y en el segundo en función de la proximidad al domicilio y la ubicación del colegio electoral, asegurándose siempre que no haya menos de 200 electorales por mesa.
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, oídos los Ayuntamientos, se encargan de fijar el número y los límites de las Secciones Electorales, sus locales y las Mesas correspondientes a cada una de ellas. La relación de Secciones y Mesas se publica en el “Boletín Oficial” de la provincia el sexto día posterior a la convocatoria y se expone al público en los respectivos Ayuntamientos.
(Fuente: Portal Electoral)
De la lectura se deduce que el único límite que tiene una sección electoral son los 500 mínimo y los 2000 electores máximos. No existe en la documentación consultada ningún límite de secciones o mesas electorales de un local electoral (colegio).
Está claro que el Ayuntamiento participa activamente en el reparto de las secciones y mesas en lo locales electorales junto a la Delegación del Censo Electoral.
La Universidad Popular de la Calle Virgen de ICIAR es uno de los locales electorales con 8 mesas electorales.
El Barrio de las Flores tiene la suerte de contar con una sucursal de la UPA en el Castillo Pequeño de San José de Valderas, sin embargo, este local no es utilizado en las elecciones.
La situación en las próximas elecciones debe cambiar dado que el C.P. Los Castillos acoje a numerosos vecinos de la zona de los Juzgados (Calles de los Parques Nacionales). Para el póximo evento electoral ya estará en funcionamiento el C.P. Clara Campoamor por lo que lógicamente debería convertirse en el local electoral de esa zona, quedando vacante un espacio que deberá ser ocupo por los vecinos de Las Flores que actualmente nos desplazamos al Bellas Vistas.
Todo esto es lo lógico y espero que la futura Asociación del Barrio así lo plantee al Ayuntamiento y a la Oficina del Censo Electoral.
Actualización:
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La publicación del Censo Electoral es competencia de la Delegación Provincial del Censo Electoral.
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La determinación de los colegios electorales y las secciones electorales con sus mesas correspondientes es función de la Delegación Provincial del Censo Electoral, oídos los ayuntamientos.










Buena explicación. Yo no tengo ni idea del tema, pensaba que en esto el ayuntamiento ni pinchaba ni cortaba, pero parece que no. Lo tendrán que explicar.
Max, te lo has trabajado, eh!
Lo enlazo al blog de Las Flores
Hola Max, me parece una iniciativa estupenda, no creo que la Comunidad de Madrid, conociendola como la conocemos todos, oiga al Ayuntamiento de Alcorcón en nada. Sabemos como actua la Presidenta de la Comunidad de Madrid, y de lo poco que se preocupa de los ciudadanos y de sus problemas. Creo que debemos atacar por ahí y conseguir que escuche a nuestro Ayuntamiento.
Me permito corregirte. Quien tiene que oir es la Delegación Provincial del Censo Electoral.
La Oficina del Censo Electoral es el órgano encargado de la formación del censo electoral, está encuadrada en el Instituto Nacional de Estadística y ejerce sus competencias bajo la dirección y supervisión de la Junta Electoral Central.
El Director de la Oficina del Censo Electoral es el Presidente del Instituto Nacional de Estadística y los Delegados Provinciales de la Oficina del Censo Electoral son los respectivos del Instituto Nacional de Estadística.
El Instituto Nacional de Estadística, según la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública, es un Organismo autónomo de los previstos en el capítulo II del Título III de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Economía. Por lo que aquí la Comunidad de Madrid no pinta nada.
Quien tiene que hablar es el Ayuntamiento de Alcorcón formado por el Alcalde y los Concejales elegidos democráticamente en las elecciones municipales, quienes se hayan sujetos a un contrato de mandato.